Country
Canada
Date of text
Status
Pending
Sources
Sabin Center
Court name
Tribunal Federal
Seat of court
Canadá
Reference number
N/D
Files
Abstract
Dos casas del grupo indígena Wet'suwet'en presentaron un recurso legal el 10 de febrero de 2020 alegando que el enfoque del gobierno canadiense al cambio climático ha violado sus derechos constitucionales y humanos.
Según la demanda, los demandantes Misdi Yikh y Sa Yikh son cada uno de ellos un grupo de la casa en virtud de la ley indígena de Wet'suwet'en y forman el Clan Fireweed. El demandante Lho'imggin es el Dini Ze', o Jefe Principal, de Misdzi Yikh y el demandante Smogilhgim es el Dini Ze' de Sa Yikh; cada uno de ellos habla en nombre de su Casa.
La demanda del demandante alega que Canadá incumplió sus compromisos internacionales de reducir los gases de efecto invernadero, incluidos aquellos a los que se comprometió en la Conferencia Mundial sobre la Atmósfera Cambiante de 1988 y en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 1992, el Protocolo de Kioto de 1998, el Acuerdo de Copenhague de 2009, el Acuerdo de Cancún de 2010 y el Acuerdo de París de 2015. Los demandantes alegan además que la Contribución Determinada a Nivel Nacional de Canadá en virtud del Acuerdo de París, reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en un 30% por debajo de los niveles de 2005 para el año 2030, es insuficiente para cumplir sus compromisos de mantener el calentamiento global por debajo de 2 grados centígrados y proseguir los esfuerzos para mantener el calentamiento en 1,5 grados. Es más, según los demandantes, parece improbable que Canadá cumpla su Contribución Determinada a Nivel Nacional. Por último, los demandantes argumentan que Canadá no ha usado su poder discrecional para la toma de decisiones en virtud de su legislación para la evaluación ambiental para retener la aprobación proyectos que emiten gases de efecto invernadero, en particular las instalaciones de exportación de gas natural licuado, para ayudar a alinear la trayectoria de Canadá con los objetivos del Acuerdo de París.
Los demandantes sostienen que han experimentado efectos del calentamiento significativos en sus territorios y prevén que se produzcan efectos negativos sobre la salud como consecuencia del cambio climático. Afirman además que el tratamiento histórico de Canadá de los líderes indígenas así como la discriminación racial existente exacerban el trauma social y psicológico causado por el cambio climático. Estas alegaciones surgen principalmente en virtud del Apartado 91 de Ley de la Constitución de 1867 (obligación de dictar leyes para la paz, orden y buen gobierno de Canadá); el Apartado 7 de la Carta de Derechos y Libertades (derecho a la vida, la libertad y la seguridad de las personas); y el Apartado 15(1) de la Carta de Derechos y Libertades (igualdad ante la ley).
Los demandantes solicitan medidas declarativas; una orden que exija que el gobierno enmiende cada uno de sus estatutos de evaluación ambiental que se aplican a proyectos emisores de gases de efecto invernadero existentes para permitir cancelar la aprobación del proyecto si Canadá no puede mantener sus compromisos del Acuerdo de París o considera que el cambio climático es un asunto de emergencia nacional; y una orden que exija que el gobierno complete su cuenta anual de emisiones de gases de efecto invernadero acumulados en un formato que permita comparar el presupuesto de carbono de Canadá.
El demandado, Canadá, presentó una moción para que se eliminara la causa el 28 de julio de 2020, y los demandantes respondieron a la moción el 10 de septiembre de 2020.
El 16 de noviembre de 2020, el Tribunal Federal concedió la moción para eliminar la causa sin permiso de enmienda sobre la base de que el caso no era justiciable, no tenía una causa razonable de acción, y los recursos reparatorios no estaban legalmente disponibles. El Tribunal consideró que el caso no era justiciable porque no contaba con un componente jurídico suficiente para anclar el análisis. El Tribunal redactó lo siguiente: «el tema del cambio climático, si bien es sin duda alguna importante, es inherentemente político, no jurídico, y pertenece a la esfera de los poderes ejecutivo y legislativo del gobierno». El Tribunal consideró además que debido a que los demandantes no hicieron referencia a apartados específicos de leyes que provocan incumplimientos específicos de los derechos de la Carta, sus demandas no presentaban una causa de acción razonable. Con respecto a los recursos reparatorios, el Tribunal consideró que el problema multidimensional del cambio climático haría que la supervisión judicial careciera de sentido y, por lo tanto, el Tribunal no podría asumir una función de supervisión para garantizar la aprobación de las leyes adecuadas.
El 10 de diciembre de 2020, los demandantes apelaron la desestimación del juez del Tribunal Federal ante el Tribunal Federal de Apelaciones y el 30 de abril de 2021 presentaron su memorando de hecho y derecho. Canadá respondió con su memorando de los hechos sobre la ley presentado el 28 de junio de 2021.
Key environmental legal questions
Grupos indígenas alegaron que la política climática de Canadá y la aprobación de proyectos emisores de GEI violan los derechos humanos y constitucionales.